Con la publicación en el BOJA, en el día de ayer, de la correspondiente orden de la Consejería de Agricultura, se hacen realidad algunos de los principales cambios normativos de las denominaciones de origen de vinos del Marco de Jerez.

Jerez, 11 de octubre de 2022. Según consta en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de ayer, lunes 10 de octubre (BOJA nº 195), ha quedado ya publicada la Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de 4 de octubre de 2022, por la que se aprueban las solicitudes de modificación normales de los pliegos de condiciones de las Denominaciones de Origen Protegidas «Jerez-Xérès-Sherry» y «Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda». Aunque algunas de las modificaciones acordadas en su momento en el seno del Pleno necesitarán de la preceptiva aprobación a nivel de la Unión Europea (por ejemplo, la posibilidad de no fortificar los vinos), la inmensa mayoría de los cambios de los pliegos de condiciones entrarán en vigor de forma inmediata, con la publicación en el BOJA de la citada orden de la Consejería. 

Entre ellas, destaca la ampliación de la Zona de Crianza de la DO “Jerez-Xérès-Sherry”, que queda equiparada así con la Zona de Producción. Hasta ahora el envejecimiento final de los vinos amparados debía tener lugar en alguna de las localidades del conocido como “triángulo del Jerez” (Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María o Sanlúcar de Barrameda), aunque la uva pudiera proceder de cualquiera de las localidades del territorio de la DO (Trebujena, Lebrija, Chipiona, Rota, Chiclana y Puerto Real) e incluso la vinificación se hubiera realizado en bodegas situadas en estos municipios. Con el cambio aprobado, estas bodegas podrán completar la totalidad del proceso y sus vinos quedar acogidos a la Denominación de Origen, con todos los derechos. Se trataba de una aspiración histórica de las bodegas situadas en la Zona de Producción, cuyas exigencias de calidad venían siendo por otra parte idénticas a las de Jerez, El Puerto o Sanlúcar. 

Los nuevos textos recogen igualmente una serie de modificaciones relativas al viñedo, las cuales pretenden conceder un mayor protagonismo a una parte tan esencial en la cadena de valor de los vinos de Jerez y la Manzanilla como es la fase vitícola. Así, los pliegos recogen de forma explícita todos y cada uno de los pagos de la denominación de origen, que podrán hacerse constar en el etiquetado, siempre que al menos el 85% de la uva utilizada tenga su origen en el pago mencionado. Igualmente, se abre la posibilidad al uso de otra serie de variedades autóctonas del Marco, cuyo cultivo fue prácticamente abandonado tras la devastación de la plaga de la filoxera, a finales del siglo XIX. Finalmente, la clasificación de los viñedos como de “Jerez Superior”, que hasta ahora estaba limitada a los viñedos situados en Jerez, El Puerto, Sanlúcar y Trebujena responderá exclusivamente a criterios técnicos, con independencia de si la viña está situada en esos municipios o en cualquier otro dentro de la DO.

Por otra parte, los nuevos pliegos introducen una serie de modificaciones destinadas a clarificar el etiquetado de los vinos protegidos. Así, además de definirse las categorías Manzanilla Pasada y Fino Viejo en base a envejecimientos medios superiores a siete años, los pliegos cuentan con un completo anexo sobre reglas de etiquetado, en el que se establecen las posibilidades de uso de términos como “en rama”, “abocado”, “amoroso”, etc.

César Saldaña, presidente del Consejo Regulador, se ha felicitado por la materialización de la tan esperada publicación de los pliegos y por la correspondiente puesta al día de las reglas de juego de nuestras denominaciones. El presidenteha declarado que “confía que estas modificaciones -fruto de un amplio consenso- contribuyan a impulsar nuestras denominaciones de origen” y ha hecho votos para que “el sector persevere en esos consensos con el fin de desarrollar cuantas iniciativas sean necesarias para asegurar un futuro brillante para nuestros vinos”.

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